Utilizamos la metafísica
para definir los entes desde el punto de vista analógico. Weber define poder
como dominación; es decir, ejercer autoridad sobre los individuos encontrando
en ellos, a su vez, un grado de obediencia. Otros sociólogos, como Michels, proclaman
que ciertas élites, nacidas de procedimientos legítimos, entran en procesos
mediante los cuales el poder se perpetúa a sí mismo retroalimentándose y
produciendo más poder, a veces tiránico. Para Gramsci y Foucault proviene de la
hegemonía de un sistema de creencias. Observamos que el ente poder tiene en la
dominación su esencia común. Conviene recordar tales conceptos y observaciones
para percibir qué discursos llenan hoy el espacio radioeléctrico y las falacias
con que suelen revestirlos.
Llamamos evidencia a aquel
indicador por el que una contingencia se nos aparece intuitivamente; de tal
manera que la consideramos cierta, sin sombra de duda. En este marco, afirmamos
con certidumbre; caso contrario, como alternativa desplegamos el ámbito de las
opiniones. Sin embargo, engranar ente/realidad resulta complejo. Los
racionalistas consideran la evidencia un principio innato de entendimiento. El
empirismo niega que se llegue al conocimiento solo a través del axioma, pues estiman
las vivencias requisito necesario, inexcusable. Para la fenomenología supone el
cotejo de la verdad; o sea, su prueba patente. Kant realiza una síntesis de
ambas propuestas. Las evidencias en su doble vertiente, racional o empírica,
suelen llevarnos irremisiblemente al conocimiento de la realidad o de sus
proximidades.
El acto jurídico constituye un hecho humano,
voluntario o consciente, que establece entre las personas relaciones jurídicas
capaces de crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones sancionados por
las leyes. Los procesos judiciales debieran mantener estrecha consonancia con
lo metafísico que lleva al conocimiento y con lo evidente que implica el primer
indicio de realidad. No obstante, tales sumarios jurídicos al ser garantistas
deben asegurarse de la ejecución del acto punible, junto a la rúbrica
voluntaria, y circunstancias eximentes, atenuantes o agravantes. Pese a lo
dicho, es primordial qué inferencias efectúan tribunales o jueces respecto a
ciertas consideraciones cardinales en una determinada resolución o sentencia.
Verbigracia, voluntariedad en supuestos de prevaricación o fraude a la Hacienda
Pública, conditio sine que non.
Mis amables lectores se
preguntarán a qué vienen estas disquisiciones tan áridas e intrincadas. La razón
encamina al auto de procedimiento abreviado contra los expresidentes de la
Junta Andaluza, Chavés y Griñán, junto a otros seis altos cargos. Están insertos
en un asunto de prevaricación y Griñán, además, de malversación de caudales
públicos. Peccata minuta para tanta ligereza conocida. El tema colea y entra de
lleno en los párrafos anteriores. Resulta extraño, casi inadmisible, que a
estas alturas y dada la cantidad de dinero dispensado, presuntamente, obviando
leyes, diligencias y operaciones contables (amén de auditorías reglamentarias),
todavía estemos huérfanos de juicio concluyente. Ochocientos millones de euros
merecen un esclarecimiento exhaustivo que debiera completarse con casi los
cinco mil millones derrochados al arbitrio en cursos de formación. Una desvergüenza
que, al final, será calificada acorde a ley. Me admira e indigna, a partes
iguales, que prebostes socialistas -arropados por comunicadores sectarios- se hastíen
de atribuir a otros fechorías que niegan a propios con parecida
insustancialidad. Cuando el sentido cambia, me asaltan parejos humores.
Desde un razonamiento metafísico,
ambos expresidentes -ostentadores de un poder omnímodo- chasquean al tribunal
(y al pueblo) cuando afirman tener nulo conocimiento de los hechos. Con menor
recato en este sistema cuya base es el monolitismo partidario. De aquí la
cínica declaración al afirmar que desconocían todo, para aseverar a renglón
seguido, desnudando una incoherencia notoria, que pudo haber errores mas no irregularidades.
Comparten consignas con aquellos indeseables del PP. Desconcierta que Felipe
González, asimismo otros cargos orgánicos y políticos, afirmen -sin domeñar cautela
alguna- la honradez de los citados. Creo que no hay forma mejor de hacer el
ridículo ante la sociedad española resuelta a aportar su propio veredicto fundamentado
sobre unas evidencias incontestables. A mí, parte mínima de este pueblo
español, me llevan los demonios (es un decir) cuando veo en televisión los
esfuerzos de determinados socialistas en hacernos comulgar con ruedas de molino
(es otro decir), tanto si se refieren a rivales cuanto a conmilitones. Si no
fuera ya abstencionista campante, lo sería a partir de ese minuto.
Ayer estaban citados
Messi y su padre a declarar por un presunto fraude de cuatro millones de euros.
Sus razones/excusas, una holganza de lo metafísico, servirán para despertar una
generosidad adscrita a los ininteligibles senderos de lo jurídico. Contentará,
además, a esa pléyade de vacuidad capaz de aceptar los mayores vicios si son realizados
por los nuestros, ídolos o no tanto. El desconocimiento de la Ley no exime de
culpabilidad, más si admitimos presunta aquiescencia en la formación del entramado
financiero al objeto de ocultar bienes. Hace cuatro años, a mi esposa por poner
a su madre como sujeto deducible (así lo hacía todos las declaraciones), cuando
pasaba ochenta euros del mínimo legal por subirle la pensión, le incoaron un
expediente sancionador. La cantidad errada no llegaba a trescientos euros. Tuvo
que abonarla incluyendo multa y descuento que hubo de sufragar por presentar
recurso administrativo (rechazado) referido a la falta de voluntariedad que
Hacienda dio por supuesta. Ordinaria y metafísicamente, sin calificativos.
Hacienda no somos todos; tengo pruebas palpables y muchos de ustedes evidencias
sobradas. Nos pasa por no ser políticos, financieros, deportistas o estrellas
variadas y variopintas, a excepción de quienes sufren el celo ejemplarizante.
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