Todas las leyes
decretadas sobre el epígrafe —y que no han tenido durante su tramitación
grandes discrepancias partidarias— han sido contestadas una vez puestas en vigor.
Unos y otros han hecho cálculos de su provecho cuando estén en el poder, pero a
ninguno satisfacen cuando conforman la oposición. Viene a ser un amor
incompleto, sin asumir por entero los gozos y las sombras que parecen distintos,
si no opuestos, adaptándose al personaje y a los tiempos. Independentistas
catalanes, vascos y Bildu han presentado enmiendas a la totalidad de dicha ley
que no han prosperado por el voto conjunto de PSOE (sanchismo), PP, Vox y
Ciudadanos. Hay en ella dos aspectos cuya interpretación pudiera rozar los principios
democráticos y constitucionales. Aludo al control total del presidente, en caso
de crisis, y su reserva sobre los recursos públicos y privados.
La primera ley
democrática al objeto de salvaguardar presuntamente los intereses ciudadanos se
hizo en mil novecientos noventa y dos: Ley de Seguridad Ciudadana (llamada
también ley de la patada en la puerta) aprobada por PSOE, CiU y PNV. El
Tribunal Constitucional, a propuesta del PP, determinó, en parte, su
inconstitucionalidad. Luego todos, defensores y contrarios, aplicaron sus
artículos sin remilgos, sin rienda, convencidos de total limpieza y legitimidad
para hacerlo. Debemos asumir, si no lo hemos hecho todavía, que —tanto
inquisidores como exculpados—expresan opiniones encontradas siguiendo objetivos
e intereses espurios, antisociales. Su verdadero rostro siempre es una
incógnita porque varía con el lugar donde se encuentren u ocupen; es un rostro
intercambiable, una máscara lasciva, una farsa retórica dentro del Parlamento.
La siguiente, realizada
por Rajoy (conocida por Ley Mordaza), entró en vigor el mes de julio de dos mil
quince; es decir, tres años y medio después de alcanzar el gobierno y denostar
hasta el infinito —no sin alguna razón sustantiva— la ley Corcuera. Lo
chocante, absurdo y cínico, es que la nueva norma recortaba más libertades y
derechos ciudadanos. Sus puntos principales se basaban en el aumento de multas
(recurso extrajudicial), prohibición de rodear el Parlamento y de los famosos
“escraches”. Como se ve, un compendio para “restringir” los abusos del poder.
Ignoro si con sorna, se le llamó Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Como viene siendo habitual, el PSOE presentó un recurso de inconstitucionalidad
resuelto a finales de dos mil veinte, tasando de constitucional el, al parecer,
punto de mayor fricción que era las devoluciones en caliente.
El proyecto de Sánchez
(Ley de Seguridad Nacional), en fase de trámite parlamentario superadas —con
ayuda de PP, Vox y Ciudadanos— las enmiendas a la totalidad presentadas por los
grupos independentistas, supera con creces a las dos anteriores constriñendo
libertades y derechos ciudadanos. Dos elementos constituyen el sesgo
dictatorial, salvo matizaciones posteriores, del proyecto: la asunción de
plenos poderes en momentos de crisis por el presidente del gobierno y la puesta
a su servicio de todos los bienes públicos y privados, excusando así
expropiaciones incluso arbitrarias o antojadizas. Estoy convencido de que, a cualquier
partido con aspiraciones fundadas de ostentar el poder, tal ley satisfaría
recónditos u oscuros deseos de poder tiránico, sin frenos. Más en una
democracia pervertida como la hecha contra nuestra opinión y patrocinio. Tales
apetitos se indigestan siempre a quienes ejercen de eternos opositores.
Cualquier texto oficial
que albergue plenas atribuciones du cualquier individuo sobre unos ciudadanos
al descubierto, me retrotraen a esas propuestas de cambio constitucional efectuadas
por jerarcas hispanoamericanos. La experiencia prueba que ninguno pretende con
semejantes reformas potenciar ni fortalecer las libertades de su país sino atropellarlas.
Dado el cesarismo en que ha quedado convertida la democracia española, cuando
se habla de gobierno —o de instituciones públicas— estamos hablando en realidad
del presidente en ese momento. Pues bien, el Real Decreto 1150/2021 de 28 de
diciembre, elaborado por el gobierno (con la indicación anterior), aprueba la
Estrategia de Seguridad Nacional centrado, cita su capítulo primero, en
incertidumbres futuras por la transformación digital y ecológica como palancas
de un cambio geopolítico.
Esta pócima,
exquisitamente desarrollada, completa en cinco capítulos una lectura cuanto
menos nebulosa. El segundo se regodea con una indescifrable y capciosa “España
Segura y Resiliente”. El tercero, ya en plan censor, afirma ser un riesgo las
campañas de desinformación. No existen referencias ni concreción precisas, como
si de esa incertidumbre pudieran fluir diligencias que coartaran sentires
contrarios a los oficiales. Como cuarto capítulo (que yo denominaría buñuelo de
viento) se abre un universo oculto, extravagante, al proponer el ininteligible “Planeamiento
Estratégico Integrado” Termina requiriendo la mejora de las comunicaciones
especiales de la presidencia del gobierno. Anuncia, en fin, la utilización de
personas y bienes privados en un contexto ambiguo. Al decir del ejecutivo, el
Consejo de Seguridad Nacional, CNI, Comunidades Autónomas y personas expertas
de reconocido prestigio e independencia son sus autores.
La Constitución, en su
artículo ochenta y dos, manifiesta: “En caso de extraordinaria y urgente
necesidad, el gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales
que tomarán la forma de Decreto-leyes y que NO podrán afectar al ordenamiento
de las Instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades
de los ciudadanos regulados en el Título 1, el régimen de las Comunidades
Autónomas ni el Derecho Electoral General”. El artículo ochenta y seis
especifica que los Reales Decretos no pueden afectar a los derechos
fundamentales y el treinta y tres aclara el derecho a la propiedad privada. De
todo lo antedicho se deriva una probable inconstitucionalidad de algunas normas
emanadas del texto y que PP, Vox y Ciudadanos aprobaron a falta de su aclaración
final por las Cortes.
Los precedentes no
estimulan ni la esperanza ni el optimismo. Sabemos qué pasó con los Estados de
Alarma y de la inutilidad ofrecida por el Constitucional, respecto a la
vulneración de derechos fundamentales, con una resolución tardía e
irreversible. Los ademanes despóticos, dictatoriales, de Sánchez no presagian
nada bueno, más si consideramos el efecto adverso de esa propaganda y mentira
permanente en que basa su proceder político. Muchas veces me pregunto cómo
hemos llegado a semejante situación límite, a este sangrante camino al abismo, y
no encuentro respuesta racional. Espero que los tribunales españoles y europeos
impidan, en parte al menos, que tal aventurero deje pasar (por la puerta de
atrás y se le consienta) regímenes por suerte ya superados.
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